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Actualización sobre uso de mascarilla en interiores.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que, a partir de mañana, 20 de abril, el uso de mascarillas dejará de ser obligatorio con carácter general. La medida entraría en vigor tras su publicación mañana mismo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

NOTA DE PRENSA MINISTERIO DE SANIDAD.

El Consejo de Ministros aprueba el fin de la obligatoriedad de las mascarillas en España desde mañana:

• Para proteger personas y entornos vulnerables, las mascarillas seguirán siendo obligatorias en centros sanitarios, sociosanitarios y en servicios y establecimientos sanitarios.

• Entre las excepciones, se contempla que la mascarilla no será obligatoria para las personas que se encuentren ingresadas en centros hospitalarios cuando permanezcan en su habitación, y para residentes de centros sociosanitarios.

• Se mantiene la obligatoriedad de las mascarillas en el transporte.

• En el entorno laboral, con carácter general no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, la evaluación de riesgos será la que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse.

Madrid, 19 de abril de 2022.- El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto por el que, a partir de mañana, 20 de abril, el uso de mascarillas dejará de ser obligatorio con carácter general. La medida entraría en vigor tras su publicación mañana mismo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Como ha explicado en rueda de prensa la ministra de Sanidad, Carolina Darias, la altísima cobertura vacunal frente a la COVID-19 y la actual situación epidemiológica de nuestro país, han hecho posible la flexibilización de la norma vigente hasta la fecha sobre el uso de las mascarillas; uno de los elementos con mayor simbolismo de la lucha frente a la pandemia por el coronavirus SARS-CoV-2.
No obstante, el uso de las mascarillas seguirá siendo obligatorio en determinados contextos y se aconseja su uso en diferentes situaciones, sobre todo relacionadas con personas y entornos de especial vulnerabilidad.
Así, ha detallado Darias, continuará siendo obligatoria en centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud, centros de transfusión o farmacias, tanto para las personas que trabajen en ellos, como para los visitantes. La excepción es que no será obligatoria para las personas que se encuentren ingresadas cuando permanezcan en sus habitaciones.
Igualmente, continuará siendo obligatorio el uso de mascarillas en centros sociosanitarios, como residencias de mayores, tanto para las personas que trabajen en ellos, como para los visitantes. No así, para las personas residentes.
Se mantiene igualmente la obligatoriedad del uso de las mascarillas en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. También en el caso de los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos.
En palabras de la ministra de Sanidad, con el Real Decreto aprobado en el día de hoy, “seguimos avanzando, desde la prudencia, la gradualidad y la progresividad” frente a la pandemia con un nuevo paso más que, como en ocasiones anteriores, es fruto de la propuesta de las personas expertas de la la Ponencia de Alertas, órgano del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud al que fue igualmente trasladada la medida en la sesión plenaria que se celebró en Toledo, el pasado 6 de abril.
Este ha sido siempre el proceder del Gobierno, ha subrayado la ministra de Sanidad, recordando que la toma de decisiones en nuestro país desde el inicio de la pandemia ha venido siempre de la mano de la ciencia y la evidencia científica, con las personas expertas, tanto del Ministerio de Sanidad, como de las comunidades y ciudades con Estatuto de Autonomía.
Como ha explicado Darias, aunque el uso de la mascarilla no será obligatorio, se sigue aconsejando un uso responsable en eventos multitudinarios y aglomeraciones, así como en espacios interiores para la población vulnerable en general –personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o personas inmunocomprometidas, entre otros colectivos-, y en entornos familiares y reuniones o celebraciones privadas, en función de la vulnerabilidad de los participantes.
Del mismo modo, queda suprimida la obligatoriedad del uso de mascarillas en el ámbito escolar, y también se recomienda un uso responsable de las mismas por parte del profesorado con factor de vulnerabilidad.
Por último, en el entorno laboral, de manera general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, la evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse, incluido el posible uso de mascarillas.